Bienvenidos
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Administración 2016-2020
MISION:
Ser una instancia municipal que fortalezca los aspectos sociales, económicos, ambientales y políticos ante las amenazas del cambio climático.
VISION:
Promover el desarrollo sostenible, la gestión integrada de los bienes naturales y servicios ambientales, la reducción del riesgo, especialmente la adaptación y mitigación del cambio climático para apoyar el combate a la pobreza, la exclusión social y la inseguridad alimentaria.
OBJETIVOS:
• Implementar la gestión ambiental en las actividades de competencia del gobierno municipal.
• Promover y contribuir a la protección de recursos naturales y mejorar la calidad de vida de la población local.
•Asesorar la elaboración de normativas, instrumentos y procedimientos municipales de contenido ambiental.
JUSTIFICACIÓN LEGAL
La creación de unidades se justifica en base a los siguientes criterios:
a) En la Constitución Política de la República de Guatemala, (Art. 97).
b) En la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Art. 1) El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional, propiciarán el desarrollo social, económico, científico y tecnológico que prevenga la contaminación del medio ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Por lo tanto, la utilización y el aprovechamiento de la fauna, la flora, suelo, subsuelo y el agua, deberán realizarse racionalmente.
c) Según el código municipal, Decreto 12-2002 (Art. 68, inciso l), establece que es competencia propia del municipio la “Promoción y gestión ambiental de los recursos naturales del Municipio”.
d) Según el código municipal (Art. 35, l) al Concejo le compete la organización de cuerpos técnicos, asesores y consultivos que sean necesarios al municipio.
e)Según el código municipal (Art. 35, i), las municipalidades pueden emitir y aprobar acuerdos, reglamentos y ordenanzas propias.
FUNCIONES DE UGAM:
a. Supervisar, coordinar y dar seguimiento a la incorporación de la gestión ambiental en las políticas, planes, programas, proyectos y acciones ambientales dentro del municipio de San Lucas Sacatepéquez.
b. Verificar que toda actividad, obra o proyecto público o privado que pretenda ser desarrollado en el municipio satisfaga todos los requisitos ambientales que mandan las leyes del país.
c. Asegurar que toda actividad, obra o proyecto a desarrollarse por la municipalidad, incluya en su presupuesto las partidas necesarias para financiar el componente ambiental en los mismos y las condiciones y medidas contenidas en las leyes y reglamentos que regulan la evaluación ambiental.
d. Apoyar el control y seguimiento de los Instrumentos de evaluación ambiental.
e. Procurar que en la formulación de los planes y programas de desarrollo y ordenamiento territorial, así como en el cumplimiento de las directrices de zonificación y de Áreas Protegidas del municipio se contemple lo establecido es otras leyes. Igualmente, procurará que los permisos y regulaciones, para el establecimiento de industrias, comercios, viviendas y servicios, que impliquen riesgos a la salud o bienestar humano o al medio ambiente, cumplan con las leyes ambientales vigentes.
f. Promover estudios para determinar el valor de los recursos naturales.
g. Inventariar las fuentes de contaminación ambiental en el municipio.
h. Proponer al Concejo Municipal la normativa, instrumentos y procedimientos municipales para la protección del medio ambiente y la calidad de vida de las personas.
i. Mantener actualizado el registro de las infracciones a las ordenanzas municipales en materia ambiental, que permita identificar la reincidencia en determinadas infracciones y promover las medidas para prevenirlo.
j. Denunciar ante quien corresponda, las infracciones, faltas o delitos ambientales cometidos dentro del municipio.
k. Proveer a las comisiones del Concejo Municipal informes de aquellos estudios, dictámenes, así como de las propuestas de acciones para lograr mayor eficiencia en los servicios públicos municipales y la administración en general del municipio en materia de protección y mejoramiento del ambiente y recursos naturales.
l. Mantener informado al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales acerca de la situación ambiental existente en el municipio, comunicando las irregularidades o incumplimientos de la normativa ambiental y los orígenes de contaminación del recurso hídrico y atmósfera sobre saturados.
m. Realizar la evaluación ambiental de las políticas, planes programas, proyectos y acciones ambientales dentro de la jurisdicción municipal.
n. Apoyar al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales en el control y seguimiento de la evaluación ambiental.
o. Coordinar la gestión ambiental, con instituciones de gobierno y no gubernamentales.
p. Coordinar esfuerzos con otras Unidades Ambientales Municipales en la búsqueda de objetivos comunes.
q. Informar a la población sobre las políticas, planes, programas, proyectos y acciones ambientales dentro del Municipio.
r. Promover la participación comunitaria en la gestión ambiental municipal.
s. Apoyar a la coordinación y organización de las consultas públicas de actividades, obras o proyectos a desarrollarse dentro del Municipio.
t. Promover la búsqueda de recursos destinados a proyectos de conservación, recuperación, educación ambiental y producción ambientalmente sana, entre otros.
u. Promover y contribuir a la protección de los recursos naturales que permita mejorar la calidad de vida de la población.
v. Cumplir y velar por el cumplimiento de las normas internacionales ratificadas por Guatemala en materia ambiental.
w. Coordinar y promover la regulación del manejo, almacenamiento y disposición final de desechos que pueden ser generados en el municipio.
UGAM
Director Arq. Homero Jiménez
Teléfono: 3034-8317
Teléfono: 7937-0693
Asistente: Claudia Cifuentes
Técnico: Edgar Ramírez
Correo-e: ugam@munisanlucas.gob.gt
3a. Avenida 1-01 callejón Machic zona 2 de San Lucas Sacatepéquez
Unidad de Gestión Ambiental Municipal
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